Mi web, Ley de cookies

La comúnmente llamada Ley de cookies no es una ley en sí. Es el texto correspondiente al apartado segundo del artículo 22 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la información ( LSSI) que se modificó por el Real Decreto-ley 13/2012 y por el cual se transponían una serie de directivas europeas.

El texto dice lo siguiente.

«… 2. Los prestadores de servicios podrán utilizar dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos en equipos terminales de los destinatarios, a condición de que los mismos hayan dado su consentimiento después de que se les haya facilitado información clara y completa sobre su utilización, en particular, sobre los fines del tratamiento de los datos, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Cuando sea técnicamente posible y eficaz, el consentimiento del destinatario para aceptar el tratamiento de los datos podrá facilitarse mediante el uso de los parámetros adecuados del navegador o de otras aplicaciones, siempre que aquél deba proceder a su configuración durante su instalación o actualización mediante una acción expresa a tal efecto.

Lo anterior no impedirá el posible almacenamiento o acceso de índole técnica al solo fin de efectuar la transmisión de una comunicación por una red de comunicaciones electrónicas o, en la medida que resulte estrictamente necesario, para la prestación de un servicio de la sociedad de la información expresamente solicitado por el destinatario…»

La parte que más nos interesa a los que tenemos un sitio web es la que se encuentra subrayada y como podéis apreciar, cuando un usuario visite nuestro sitio web por primera vez, debe estar de acuerdo con la instalación de las cookies que nuestro sitio web utilice. Para ello, los sitios web deben facilitar el consentimiento(o no consentimiento) del usuario mediante un procedimiento que deberá cumplir con el ofrecimiento de los siguientes puntos informativos,

  1. Tipos de cookies que se instalarán
  2. Utilización de dichas cookies; para qué y por quien serán usadas
  3. Forma de desactivarlas

Igualmente, se debe incluir claramente un enlace a donde el usuario pueda informarse de la política de cookies usada por nuestro sitio web. De esta forma, el usuario tiene la posibilidad de impedir la instalación de cookies u optar por no navegar por el sitio web.

Uno de los problemas acuciantes es una gran cantidad de webs españolas aún no está cumpliendo con esta normativa. El no cumplir con esta normativa puede conllevar multas de hasta 150,000€.

De hecho, ya existen las primeras sanciones. Dos empresas españolas son sancionadas por instalar cookies de varios servicios sin cumplir con la Ley de cookies. La primera empresa ha tenido una multa de 3.000,00€ y la segunda de 500,00€. La resolución de estas sanciones es la R/02990/2013 y puedes echarle un vistazo haciendo clic aquí.

Si tienes un sitio web y aun no cumples con la Ley de cookies es mejor que lo resuelvas lo antes posible. Personalmente, dicha Ley me parece una tontería pero es la ley y hay que cumplirla. Además, en estos tiempos que corren, no están las cosas como para andar pagando miles de euros por una sanción de algo que se puede solucionar en algunas horas.

Recuerda lo que decía el abuelo: “…no dejes para mañana lo que puedas hacer hoy…”